Notificación

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Derecho procesal
  • El significado gramatical de la palabra notificación es, lisa y llanamente, "acción y efecto de notificar". Por su parte, el vocablo notificar proviene del latín notificare, y es un verbo transitivo que significa "hacer saber una resolución de la autoridad con las formalidades preceptuadas para el caso". Esta acepción es prácticamente ...

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    El significado gramatical de la palabra notificación es, lisa y llanamente, "acción y efecto de notificar". Por su parte, el vocablo notificar proviene del latín notificare, y es un verbo transitivo que significa "hacer saber una resolución de la autoridad con las formalidades preceptuadas para el caso". Esta acepción es prácticamente la que aplica para la materia procesal.

    Ciertamente, se puede decir que una notificación es el medio de comunicación procesal, revestido de ciertas formalidades y ejecutado de diversas maneras, por el que una autoridad jurisdiccional hace saber, a las partes o a terceros, un acto procesal.

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Derecho procesal
Derecho fiscal
  • La comunicación de la voluntad del órgano, que le da plena eficacia al acto administrativo, puede realizarse de diferentes formas, de acuerdo con el tipo de resolución de que se trate, por lo que de conformidad con el artículo 134 del Código Fiscal de la Federación las notificaciones podrán...

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    La comunicación de la voluntad del órgano, que le da plena eficacia al acto administrativo, puede realizarse de diferentes formas, de acuerdo con el tipo de resolución de que se trate, por lo que de conformidad con el artículo 134 del Código Fiscal de la Federación las notificaciones podrán ser: 

    1. Personalmente o por correo certificado o electrónico, con acuse de recibo, cuando se trate de citatorios, requerimientos, solicitudes y actos administrativos que puedan ser recurridos.
    2. Por correo ordinario o telegrama
    3. Por estrados
    4. Por edictos
    5. Por instructivo

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Derecho procesal
Derecho procesal
Derecho procesal
  • La notificación es un acto procesal vinculado a la garantía de audiencia consagrada en el artículo 14 constitucional. Del contenido de este precepto se infiere el propósito del Constituyente, de que ninguna persona pueda ser afectada en su vida, libertad, propiedades, posesiones o derechos, sin haber tenido oportunidad de defenderse en forma...

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    La notificación es un acto procesal vinculado a la garantía de audiencia consagrada en el artículo 14 constitucional. Del contenido de este precepto se infiere el propósito del Constituyente, de que ninguna persona pueda ser afectada en su vida, libertad, propiedades, posesiones o derechos, sin haber tenido oportunidad de defenderse en forma adecuada. Por derivación de ese principio constitucional, el acto procesal de notificación debe entenderse como el medio específico a través del cual se produzca la certeza de que el particular afectado por el acto que se le notifica tuvo pleno conocimiento del mismo, lo que supone que sea de tal manera claro, fidedigno y completo, que se encuentre en posibilidad de defenderse de él. Esto explica que, jurídicamente, sólo se puede hablar de notificación cuando se han cumplido los dos momentos de la misma: el dar a conocer conforme a las reglas procesales respectivas el acto o resolución y el que surta sus efectos. Consecuentemente, cuando la ley señala que algún acto se debe realizar dentro de un término contado a partir de la fecha de notificación correspondiente, debe entenderse que el cómputo de ese término sólo podrá hacerse después de que la notificación se perfecciona jurídicamente, o sea, cuando surte sus efectos.


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Derecho procesal
  • La notificación es el acto procesal mediante el cual el órgano jurisdiccional da a conocer a las partes algún acontecimiento dentro del procedimiento y se materializa a través de la diligencia practicada por un funcionario con fe pública, por lo que goza de presunción de legalidad y es eficaz desde su emisión; de ahí que como acto público ...

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    La notificación es el acto procesal mediante el cual el órgano jurisdiccional da a conocer a las partes algún acontecimiento dentro del procedimiento y se materializa a través de la diligencia practicada por un funcionario con fe pública, por lo que goza de presunción de legalidad y es eficaz desde su emisión; de ahí que como acto público con fecha cierta, válidamente produce sus efectos desde que se practica, por lo que para generar consecuencias distintas, es necesario que la ley disponga la forma en que deben producirse sus efectos. En ese sentido, el surtimiento de efectos de la notificación se entiende como la posibilidad de que dicha diligencia pueda incidir en la esfera de alguna de las partes, con la finalidad de que conozca lo que acontece en el juicio y, en su caso, empiecen a correr los plazos para hacer valer algún derecho...

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  • Última Actualización
    09/05/2021
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