Curador

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Derecho familiar
  • Toda persona a la que se asigne un tutor, en cualquiera de las formas de tutela, también le será asignado un curador; excepto en los casos de los menores abandonados y expósitos o de los menores sujetos a la tutela dativa para su protección y educación; así como cuando no cuenten con bienes. La curatela puede ser ejercida por...

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    Toda persona a la que se asigne un tutor, en cualquiera de las formas de tutela, también le será asignado un curador; excepto en los casos de los menores abandonados y expósitos o de los menores sujetos a la tutela dativa para su protección y educación; así como cuando no cuenten con bienes.

    La curatela puede ser ejercida por las personas que cumplan las condiciones para ser tutores. La tutela y la curatela no pueden ser ejercidas por una misma persona. Los impedimentos para ejercer el cargo de tutor se aplican de la misma forma a la persona del curador…

    El curador tiene obligación de:

    a) Defender los derechos del menor o incapacitado en juicio o fuera de él, exclusivamente cuando se encuentren en oposición con los del tutor.

    b) Vigilar la actuación, proceder y conducta del tutor.

    c) Hacer del conocimiento del juez de lo civil o lo familiar sobre cualquier hecho o situación que considere puede dañar la persona o los bienes del pupilo.

    d) Solicitar al juez el nombramiento de un nuevo tutor en caso de que éste faltara o abandone el cargo.

    e) Cumplir cualquier otra obligación que la autoridad o la ley le señalen.

    La curatela termina cuando el menor o incapacitado salga de la tutela. Cuando sólo se cambie de tutor, el curador designado continuará en su cargo. Tiene derecho a ser relevado de la curatela pasados 10 años de estar en el encargo.

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  • Última Actualización
    21/02/2023
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