Control de constitucionalidad
-
El control de constitucionalidad es el conjunto de actos y procedimientos establecidos para la verificación y aseguramiento por parte de un órgano del sistema, de que el principio de supremacía constitucional es respetado por todos los órganos constituidos en los procedimientos de creación-aplicación del orden. Algunos autores (Héctor...
El control de constitucionalidad es el conjunto de actos y procedimientos establecidos para la verificación y aseguramiento por parte de un órgano del sistema, de que el principio de supremacía constitucional es respetado por todos los órganos constituidos en los procedimientos de creación-aplicación del orden. Algunos autores (Héctor Fix-Zamudio) hablan de "defensa constitucional" para calificar esta misma función.
- Autor de la definición
- TítuloDerecho constitucional mexicanoSubtítuloTeoría de la Constitución. Origen y desarrollo de las Constituciones mexicanas. Normas e instituciones de la Constitución de 1917Autor de la PublicaciónJosé Gamas Torruco (Autor/a)EditorialPorrúaNúmero de edición1Lugar de publicaciónMéxicoAño de publicación2001ISBN970-07-2749-1Página de la definición199
-
Supone el examen de un acto o norma y su confrontación con las normas y principios de la Constitución General de la República.
- Autor de la definición
- TítuloManual para entender el Juicio de AmparoSubtítuloTeórico-PrácticoAutor de la PublicaciónAdriana Campuzano Gallegos (Autor/a)EditorialThomson ReutersNúmero de edición3a.Lugar de publicaciónMéxicoAño de publicación2017ISBN978-607-474-326-5Página de la definición13
-
El control de la constitucionalidad consiste en la tutela de la Constitución sobre la autoridad que ejerce el Estado, para conocer de las violaciones que cometa algún órgano, donde se transgreda de manera directa la Ley fundamental en perjuicio de los intereses públicos de los gobernados y de las propias entidades...
El control de la constitucionalidad consiste en la tutela de la Constitución sobre la autoridad que ejerce el Estado, para conocer de las violaciones que cometa algún órgano, donde se transgreda de manera directa la Ley fundamental en perjuicio de los intereses públicos de los gobernados y de las propias entidades públicas, ya sea por medio de una ley o un acto. El ejercicio del control constitucional será realizado por el órgano jurisdiccional establecido al efecto, o bien, por cualquier autoridad en cumplimiento del principio de supremacía constitucional.
- Autor de la definición
- TítuloDerecho FiscalAutor de la PublicaciónSonia Venegas Álvarez (Autor/a)EditorialOxfordNúmero de ediciónPrimeraNúmero de reimpresiónPrimeraLugar de publicaciónMéxicoAño de publicación2012ISBN978-607-426-274-2Página de la definición729
-
Última Actualización09/05/2021
-
Consultas21485
-
Me gusta14
Libro DestacadoAutor/a Destacado/a