Capitulaciones matrimoniales
-
Las capitulaciones matrimoniales son un acuerdo de las voluntades de los contrayentes o cónyuges, en virtud del cual se establece, se modifica o se sustituye el régimen económico de su matrimonio. Así las cosas, diremos que las capitulaciones matrimoniales son definidas, en términos de ley, como pactos que los otorgantes, contrayentes...
Las capitulaciones matrimoniales son un acuerdo de las voluntades de los contrayentes o cónyuges, en virtud del cual se establece, se modifica o se sustituye el régimen económico de su matrimonio.
Así las cosas, diremos que las capitulaciones matrimoniales son definidas, en términos de ley, como pactos que los otorgantes, contrayentes matrimoniales o cónyuges, celebran para establecer y regular el régimen patrimonial de su matrimonio, y reglamentar la administración de los bienes, lo cual será derecho y obligación en ambos cónyuges, salvo pacto contrario, de conformidad a la ley.
Las capitulaciones matrimoniales se establecen antes de la celebración del matrimonio y durante el mismo. También podrán estipularse o modificarse durante el matrimonio, ante la autoridad competente, que serán el juez de lo familiar o un notario, mediante escritura pública.
- Autor de la definición
- TítuloDerecho de familia y sucesionesAutor de la PublicaciónMaría de Montserrat Pérez Contreras (Autor/a)EditorialNostra EdicionesNúmero de edición1Lugar de publicaciónMéxicoAño de publicación2010ISBN978-607-7603-47-3Página de la definición45
-
Artículo 179. Las capitulaciones matrimoniales son pactos que los otorgantes celebran para constituir el régimen patrimonial de su matrimonio y reglamentar la administración de los bienes, la cual deberá recaer en ambos cónyuges, salvo pacto en contrario.
- PaísMéxico
- Legislación
- TipoLocal
- Fecha de Publicación1928-05-26
-
Última Actualización
-
Consultas5250
-
Me gusta2