Interrupción de jurisprudencia
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La jurisprudencia se interrumpe y deja de tener carácter obligatorio cuando se pronuncie sentencia en contrario por el propio órgano emisor o uno de jerarquía superior. En tales hipótesis deberán expresarse las razones en que se apoye la decisión, y para poder construirse otra jurisprudencia con el nuevo...
La jurisprudencia se interrumpe y deja de tener carácter obligatorio cuando se pronuncie sentencia en contrario por el propio órgano emisor o uno de jerarquía superior. En tales hipótesis deberán expresarse las razones en que se apoye la decisión, y para poder construirse otra jurisprudencia con el nuevo criterio deben observarse las mismas reglas ya expuestas.
- Autor de la definición
- TítuloDefensa FiscalSubtítuloJuicio contencioso administrativo federal Teoría y prácticaAutor de la PublicaciónSergio Esquerra (Autor/a)EditorialTirant Lo BlanchLugar de publicaciónMéxicoAño de publicación2020ISBN9788413366449Página de la definición82
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Registrado el01/10/2020
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Última Actualización01/10/2020
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