Firma electrónica
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De acuerdo a la ley, es el medio de ingreso al sistema electrónico del Poder Judicial de la Federación, el cual produce los mismo efectos jurídicos que la firma autógrafa, y que permite enviar y recibir promociones, documentos, comunicaciones y notificaciones oficiales, así como consultar acuerdos, resoluciones y ...
De acuerdo a la ley, es el medio de ingreso al sistema electrónico del Poder Judicial de la Federación, el cual produce los mismo efectos jurídicos que la firma autógrafa, y que permite enviar y recibir promociones, documentos, comunicaciones y notificaciones oficiales, así como consultar acuerdos, resoluciones y sentencias.
- Autor de la definición
- TítuloManual para entender el Juicio de AmparoSubtítuloTeórico-PrácticoAutor de la PublicaciónAdriana Campuzano Gallegos (Autor/a)EditorialThomson ReutersNúmero de edición3a.Lugar de publicaciónMéxicoAño de publicación2017ISBN978-607-474-326-5Página de la definición25
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Artículo 89. ...En los actos de comercio y en la formación de los mismos podrán emplearse los medios electrónicos, ópticos o cualquier otra tecnología. Para efecto del presente Código, se deberán tomar en cuenta las siguientes definiciones:Firma Electrónica: Los datos en forma electrónica consignados en un Mensaje de Datos, o adjuntados ...
Artículo 89. ...En los actos de comercio y en la formación de los mismos podrán emplearse los medios electrónicos, ópticos o cualquier otra tecnología. Para efecto del presente Código, se deberán tomar en cuenta las siguientes definiciones:
Firma Electrónica: Los datos en forma electrónica consignados en un Mensaje de Datos, o adjuntados o lógicamente asociados al mismo por cualquier tecnología, que son utilizados para identificar al Firmante en relación con el Mensaje de Datos e indicar que el Firmante aprueba la información contenida en el Mensaje de Datos, y que produce los mismos efectos jurídicos que la firma autógrafa, siendo admisible como prueba en juicio.
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Artículo 2o. Para los efectos de esta Ley, se entenderá por: Firma Electrónica: La firma electrónica avanzada que es generada con un certificado reconocido legalmente a través de un dispositivo seguro de creación de firma y tiene, en relación a la información firmada, un valor jurídico equivalente al de la firma autógrafa;...
Artículo 2o. Para los efectos de esta Ley, se entenderá por:
Legislación Derogada
- PaísMéxico
- Legislación
- TipoLocal
- Fecha de Publicación1991-08-09
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Artículo 2. Para los efectos de este Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, se entenderá por: XX. ... XXI. Firma electrónica o firma electrónica simple. Los datos en forma electrónica consignados en un mensaje de datos, o adjuntados o lógicamente asociados al mismo por cualquier ...
Artículo 2. Para los efectos de este Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, se entenderá por:
XX. ...
XXI. Firma electrónica o firma electrónica simple. Los datos en forma electrónica consignados en un mensaje de datos, o adjuntados o lógicamente asociados al mismo por cualquier tecnología, que son utilizados para identificar al firmante en relación con el mensaje de datos e indicar que el firmante aprueba la información contenida en el mensaje de datos, y que produce los mismos efectos jurídicos que la firma autógrafa, siendo admisible como prueba en juicio;
XXII. …- PaísMéxico
- Legislación
- TipoGeneral
- Fecha de Publicación2023-06-07
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Última Actualización07/06/2023
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Consultas2755
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