Despido indirecto o autodespido
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Despido indirecto o autodespido: derecho que se le concede al trabajador para que este pueda, solo en los casos señalados en la ley, solicitar al tribunal que declare terminado el contrato laboral. Existirá derecho a indemnización cuando el empleador incurra en alguna conducta grave en contra del trabajador.
- Autor de la definición
- TítuloGlosario de Términos JurídicosAutor de la PublicaciónEditorialPoder Judicial República de ChileNúmero de edición1Lugar de publicaciónChileAño de publicación2018ISBNSNPágina de la definición38
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Registrado el11/04/2020
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Última Actualización11/04/2020
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