Descentralización administrativa por colaboración

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Derecho administrativo
  • Suele ocurrir que la administración pública adolezca de insuficiencia financiera, técnica u organizacional que le impidan la realización de algunas de las actividades que tiene atribuidas, como son la prestación de algunos servicios públicos, por cuya razón recurre a la descentralización administrativa por colaboración, en cuya...

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    Suele ocurrir que la administración pública adolezca de insuficiencia financiera, técnica u organizacional que le impidan la realización de algunas de las actividades que tiene atribuidas, como son la prestación de algunos servicios públicos, por cuya razón recurre a la descentralización administrativa por colaboración, en cuya virtud/transfiere la facultad de su prestación a los particulares, mediante diferentes mecanismos, como la concesión, la locación, el concierto y la gestión interesada.

    La descentralización por colaboración guarda diferencia con las otras dos formas de descentralización administrativa, por quedar a cargo de particulares que al realizar tareas originalmente asignadas a la administración pública se colocan, como hace notar Bernard Geny, en los linderos del derecho público y del derecho privado, y desembarazan a la administración de tales tareas sin disminuir por ello, de manera importante, su energía y su autoridad sobre los gobernados.

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