Declaración fiscal

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Derecho fiscal
  • DECLARACION FISCAL. I. Es la manifestación que efectúa el contribuyente por mandato de ley de sus obligaciones tributarias durante un ejercicio fiscal, En los sistemas tributarios contemporáneos los causantes tienen a su cargo la determinación de sus obligaciones fiscales, especialmente en los casos de la...

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    DECLARACION FISCAL. I. Es la manifestación que efectúa el contribuyente por mandato de ley de sus obligaciones tributarias durante un ejercicio fiscal, En los sistemas tributarios contemporáneos los causantes tienen a su cargo la determinación de sus obligaciones fiscales, especialmente en los casos de la imposición al ingreso y de la imposición general al consumo. La declaración fiscal es, como apuntamos, anual, si bien para el cobro de algunos impuestos suelen realizarse pagos provisionales.

    II. La declaración fiscal debe efectuarse de acuerdo a las disposiciones específicas establecidas por cada ley impositiva. El Código Fiscal de la Federación de aplicación supletoria en materia fiscal, dispone en su artículo 6°, párrafo tercero que corresponde a los contribuyentes la determinación de las contribuciones a su cargo, salvo disposición expresa en contrario. La misma disposición agrega que si las autoridades fiscales deben hacer la determinación, los contribuyentes les proporcionarán la información necesaria dentro de los 15 días siguientes a la fecha de causación.

    Las contribuciones se pagan en la fecha o dentro del plazo señalado en las disposiciones respectivas. Pero a falta de disposición expresa el párrafo cuarto del artículo 6° del Código Fiscal de la Federación señala que el pago deberá hacerse mediante declaración que se presentará ante las oficinas autorizadas dentro de las diversas plazas, para los diferentes supuestos que el propio Código establece.

    En el caso del impuesto sobre la renta de las personas físicas el artículo 139 de la Ley del Impuesto sobre la Renta determina que las personas físicas que obtengan ingresos en un año de calendario, a excepción de los exentos y de aquellos por los que se haya pagado impuesto definitivo, están obligados a pagar su impuesto anual, mediante declaración que presentarán en el mes de abril del siguiente año ante las oficinas autorizadas.

    III. BIBLIOGRAFIA: Flores Zavala, Ernesto Elementos de finanzas públicas mexicanas; los impuestos; 23a. edición, México, Porrúa, 1981; Garza, Sergio Francisco de la, Derecho financiero mexicano; 10a. edición, México, Porrúa, 1981; Margain Manautou, Emilio, Introducción al estudio del derecho tributario mexicano; 5a. edición, San Luis Potosí, Universidad Autónoma de San Luis Potosí, 1979.

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  • La declaración ha sido definida como el acto del particular legítimamente interesado en el procedimiento de comprobación o de liquidación correspondiente, realizado en cumplimiento de un deber y consistente en una manifestación de conocimiento de los datos de hecho y de derecho con base en los cuales puede...

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    La declaración ha sido definida como el acto del particular legítimamente interesado en el procedimiento de comprobación o de liquidación correspondiente, realizado en cumplimiento de un deber y consistente en una manifestación de conocimiento de los datos de hecho y de derecho con base en los cuales puede determinarse el an y el quantum de una obligación tributaria material, siendo dirigido dicho acto a la administración tributaria.

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  • Última Actualización
    07/12/2020
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