Concepto de violación

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Derecho constitucional
  • Por concepto de violación debe entenderse la expresión de un razonamiento jurídico concreto contra los fundamentos de la sentencia reclamada, para poner de manifiesto ante esa potestad federal que los mismos son contrarios a la ley o a la interpretación jurídica de la misma, ya sea porque siendo aplicable determinada disposición legal no se...

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    Por concepto de violación debe entenderse la expresión de un razonamiento jurídico concreto contra los fundamentos de la sentencia reclamada, para poner de manifiesto ante esa potestad federal que los mismos son contrarios a la ley o a la interpretación jurídica de la misma, ya sea porque siendo aplicable determinada disposición legal no se aplicó o porque se aplicó sin ser aplicable, o bien porque no se hizo una correcta interpretación de la ley, o, finalmente, porque la sentencia no se apoyó en principios generales de derecho aplicables al caso concreto, por lo que al no haber expresado el quejoso verdaderos conceptos de violación, las alegaciones que hace son inatendibles.

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Derecho procesal
  • El concepto de violación tiene lo esencial para estimarlo como tal, si pone de manifiesto que en la sentencia reclamada no se valorizaron correctamente las pruebas documentales públicas y de confesión aportadas al juicio del que deriva al acto reclamado, e igualmente argumenta que las pruebas rendidas por su contraparte no fueron valorizadas...

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    El concepto de violación tiene lo esencial para estimarlo como tal, si pone de manifiesto que en la sentencia reclamada no se valorizaron correctamente las pruebas documentales públicas y de confesión aportadas al juicio del que deriva al acto reclamado, e igualmente argumenta que las pruebas rendidas por su contraparte no fueron valorizadas legalmente, así como que el fallo reclamado no esta fundado. Lo anterior es suficiente para que ello se considere como concepto de violación, pues es evidente que uno de los fundamentos de toda sentencia lo constituye el estudio, análisis y valoración de las pruebas rendidas en el procedimiento judicial, por lo que debe denegarse el sobreseimiento pedido.

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Derecho constitucional
  • El concepto de violación debe ser la relación razonada que el quejoso ha de establecer entre los actos desplegados por las autoridades responsables y los derechos fundamentales que estime violados, demostrando jurídicamente la contravención de estos por dichos actos, expresando, en el caso, derechos públicos individuales conculcados, por...

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    El concepto de violación debe ser la relación razonada que el quejoso ha de establecer entre los actos desplegados por las autoridades responsables y los derechos fundamentales que estime violados, demostrando jurídicamente la contravención de estos por dichos actos, expresando, en el caso, derechos públicos individuales conculcados, por tanto, el concepto de violación debe ser un verdadero silogismo, siendo la premisa mayor los preceptos constitucionales que se estiman infringidos; la premisa menor, los actos reclamados y la conclusión la contrariedad entre ambas premisas.

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  • Última Actualización
    09/08/2019
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