Alimentos definitivos
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Alimentos definitivos: aquellos que se establecen en una sentencia definitiva dictada por un juzgado de familia o mediante acuerdo de las partes aprobado por el tribunal. Puede aumentar o disminuir el monto si cambian las circunstancias que se consideraron al momento de fijarlo.
- Autor de la definición
- TítuloGlosario de Términos JurídicosAutor de la PublicaciónEditorialPoder Judicial República de ChileNúmero de edición1Lugar de publicaciónChileAño de publicación2018ISBNSNPágina de la definición29
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Registrado el15/04/2020
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Última Actualización15/04/2020
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