Responsabilidad parental

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Derecho civil
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  • Artículo 638. Responsabilidad parental. Concepto. La responsabilidad parental es el conjunto de deberes y derechos que corresponden a los progenitores sobre la persona y bienes del hijo, para su protección, desarrollo y formación integral mientras sea menor de edad y no se haya emancipado. Artículo...

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    Artículo 638. Responsabilidad parental. Concepto. La responsabilidad parental es el conjunto de deberes y derechos que corresponden a los progenitores sobre la persona y bienes del hijo, para su protección, desarrollo y formación integral mientras sea menor de edad y no se haya emancipado.

    Artículo 639. Principios generales. Enumeración. La responsabilidad parental se rige por los siguientes principios:

    a) el interés superior del niño;

    b) la autonomía progresiva del hijo conforme a sus características psicofísicas, aptitudes y desarrollo. A mayor autonomía, disminuye la representación de los progenitores en el ejercicio de los derechos de los hijos;

    c) el derecho del niño a ser oído y a que su opinión sea tenida en cuenta según su edad y grado de madurez.

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  • Última Actualización
    11/05/2020
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