Resistencia pasiva
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QUINTO. La clasificación de las conductas que ameritan el uso de la fuerza por su intensidad son los que a continuación se enuncian: II. Resistencia pasiva: Cuando una persona se niega a obedecer órdenes legítimas comunicadas de manera directa por el Integrante, quien previamente se ha identificado como...
QUINTO. La clasificación de las conductas que ameritan el uso de la fuerza por su intensidad son los que a continuación se enuncian:
II. Resistencia pasiva: Cuando una persona se niega a obedecer órdenes legítimas comunicadas de manera directa por el Integrante, quien previamente se ha identificado como autoridad.
La característica distintiva de esta conducta es el no acatamiento de las órdenes comunicadas, sugiera hechos de corrupción, así como gritos e insultos, siempre y cuando tal conducta no esté acompañada de una agresión física.- PaísMéxico
- Legislación
- TipoFederal
- Fecha de Publicación2021-10-19
- ObservacionesPuede verse su publicación en el Diario Oficial de la Federación en el enlace siguiente: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5633065&fecha=19/10/2021
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Registrado el19/10/2021
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Última Actualización19/10/2021
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