Régimen parlamentario

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Derecho constitucional
  • En el parlamentarismo -que por cierto es compatible tanto con la Monarquía como con la República- se hace una clara distinción entre el Estado y su gobierno, que conduce a tener un jefe de gobierno; el primero, en el parlamentarismo monárquico, es el rey, en tanto que en el parlamentarismo republicano, es el presidente. En cuanto al jefe de...

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    En el parlamentarismo -que por cierto es compatible tanto con la Monarquía como con la República- se hace una clara distinción entre el Estado y su gobierno, que conduce a tener un jefe de gobierno; el primero, en el parlamentarismo monárquico, es el rey, en tanto que en el parlamentarismo republicano, es el presidente. En cuanto al jefe de gobierno, en el esquema parlamentario recibe diversas denominaciones: primer ministro, en Inglaterra, Italia y Suecia; canciller, en Alemania, presidente del gobierno, en España.

    En la forma parlamentaria de gobierno, el Poder Ejecutivo es colegiado ya que está a cargo de un gabinete, ministerio o consejo de ministros, independiente del Jefe de Estado, presidido por el primer ministro o su equivalente; en consecuencia, como bien dice Karl Loewestein: "el primer ministro ostenta, dentro del grupo colectivo del gobierno, una situación indiscutible de supremacía sobre sus colegas ministeriales. El poder gubernamental está concentrado en la persona del primer ministro, que se presenta, pues, como el líder".

    La división de poderes se ve sustituida en el parlamentarismo por la colaboración de poderes; por ejemplo, en el modelo británico, los miembros del gabinete lo son también del Parlamento; el primer ministro es el líder del partido mayoritario; dicho de otra manera: el gabinete equivale a un comité del Parlamento, sin embargo, funcionan separadamente y de manera independiente. Los miembros del gabinete son políticamente responsables ante el Parlamento, el que podrá exigirla colectivamente a todo el gabinete o de manera individual a alguno de sus miembros; un voto de censura a cualquiera de sus integrantes, conlleva su exclusión de dicho órgano de gobierno. Un voto de censura o la negativa de un voto de confianza, implica la dimisión colectiva del gabinete, lo que conduce, bien a un cambio de gabinete, o a la disolución del Parlamento, en cuyo caso se deberá convocar a elecciones anticipadas, en las que el electorado asumirá el papel de árbitro entre el gobierno y la oposición.

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