Principio de Flexibilidad
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Artículo 6. Son Principios rectores de esta Ley, los siguientes:
V. (...)
VI. Flexibilidad. Los mecanismos alternativos de solución de controversias se desarrollarán sin formalidades y trámites rígidos o excesivos para las partes;
VII. (...)- PaísMéxico
- Legislación
- TipoGeneral
- Fecha de Publicación2024-01-26
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Registrado el05/02/2024
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Última Actualización05/02/2024
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