Persona Facilitadora

Mostrar
Derecho procesal
  • Artículo 5. Para efectos de esta Ley, se entenderá por: XIII. (...) XIV. Persona Facilitadora. La persona física certificada, para el ejercicio público o privado, cuya función es propiciar la comunicación y avenencia para la solución de controversias entre las partes a través de los...

    Leer más

    Artículo 5. Para efectos de esta Ley, se entenderá por:
    XIII. (...)
    XIV. Persona Facilitadora. La persona física certificada, para el ejercicio público o privado, cuya función es propiciar la comunicación y avenencia para la solución de controversias entre las partes a través de los mecanismos alternativos de solución de controversias, previstos en esta Ley y demás que resulten aplicables;
    XV. (...)

    Leer menos

  • Registrado el
    05/02/2024
  • Última Actualización
    05/02/2024
  • Consultas
    87
  • Me gusta
    0
Libro Destacado
    Autor/a Destacado/a