Partidos polí­ticos

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Derecho constitucional
  • Los partidos políticos son organizaciones que tienen como propósito obtener el control de los órganos del poder público, a través de las elecciones.

Derecho administrativo
  • Entendido como el conjunto organizado de individuos que pretenden asumir el poder público para imponer en la dirección del Estado una actuación acorde con sus principios y programa de acción, el partido político, tan combatido en sus orígenes, logra en el presente siglo rango constitucional y reconocimiento a su personalidad jurídica en un...

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    Entendido como el conjunto organizado de individuos que pretenden asumir el poder público para imponer en la dirección del Estado una actuación acorde con sus principios y programa de acción, el partido político, tan combatido en sus orígenes, logra en el presente siglo rango constitucional y reconocimiento a su personalidad jurídica en un gran número de países.

    De acuerdo con la fracción I del artículo 41 constitucional, los partidos políticos son entidades de interés público, en tanto que, en los términos del artículo 22 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, los partidos políticos con registro tienen personalidad jurídica, y son sujetos de derecho administrativo en su carácter de personas jurídicas de derecho público, dado que su actuación, en diferentes casos, es regulada por preceptos de dicha disciplina jurídica.

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Derecho electoral
  • … son los encargados de postular candidatos para integrar los cargos públicos de representación popular. Los partidos son también uno de los canales de comunicación entre los ciudadanos y los que gobiernan, por lo que deben organizarse en una estructura formal en torno a un programa político determinado que sea ejecutable. El ordenamiento...

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    … son los encargados de postular candidatos para integrar los cargos públicos de representación popular. Los partidos son también uno de los canales de comunicación entre los ciudadanos y los que gobiernan, por lo que deben organizarse en una estructura formal en torno a un programa político determinado que sea ejecutable.

    El ordenamiento jurídico mexicano define a los partidos como entidades de interés público, cuyo fin es promover la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración de la representación nacional y hacer posible el acceso de los ciudadanos al ejercicio del poder público.

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Derecho electoral
Derecho constitucional
  • Artículo 41... Los partidos políticos son entidades de interés público; la ley determinará las normas y requisitos para su registro legal, las formas específicas de su intervención en el proceso electoral y los derechos, obligaciones y prerrogativas que les corresponden. Los partidos políticos tienen como fin promover la...

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    Artículo 41...

    1. Los partidos políticos son entidades de interés público; la ley determinará las normas y requisitos para su registro legal, las formas específicas de su intervención en el proceso electoral y los derechos, obligaciones y prerrogativas que les corresponden.

      Los partidos políticos tienen como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración de los órganos de representación política y como organizaciones de ciudadanos, hacer posible el acceso de éstos al ejercicio del poder público, de acuerdo con los programas, principios e ideas que postulan y mediante el sufragio universal, libre, secreto y directo, así como las reglas para garantizar la paridad entre los géneros, en candidaturas a legisladores federales y locales. Sólo los ciudadanos podrán formar partidos políticos y afiliarse libre e individualmente a ellos; por tanto, quedan prohibidas la intervención de organizaciones gremiales o con objeto social diferente en la creación de partidos y cualquier forma de afiliación corporativa.

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  • Última Actualización
    05/05/2023
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