Iuris tantum
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Presunción que da por cierto un hecho, salvo que se pruebe lo contrario.
Observaciones: "El artículo 53 configura una presunción iuris tantum de gratuidad a favor del consumidor o usuario en el litigio".
- Autor de la definición
- TítuloGlosario Jurídico en Lenguaje ClaroAutor de la PublicaciónMaría Victoria Prícolo (Coordinador/a)EditorialEditorial JusbairesNúmero de edición1Lugar de publicaciónBuenos AiresAño de publicación2019ISBN978-987-768-049-2Página de la definición62
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Registrado el17/09/2019
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Última Actualización17/09/2019
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