Inspección judicial

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Derecho procesal
  • Reconocimiento o inspección judicial. En esta prueba el juez, o los miembros del tribunal, si éste es colegiado, examinan directamente las cosas o las personas para apreciar circunstancias o hechos captables directa y objetivamente.

Derecho procesal
  • Es la comprobación directa que lleva a cabo el Juez al que corresponda verificar hechos o circunstancias de un juicio, para dar fe de su existencia, así como de las personas, cosas o lugares que deban ser examinados. Se reduce, normalmente, a la visita a un lugar determinado, para cerciorarse in situ de que la existencia de ciertas...

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    Es la comprobación directa que lleva a cabo el Juez al que corresponda verificar hechos o circunstancias de un juicio, para dar fe de su existencia, así como de las personas, cosas o lugares que deban ser examinados. Se reduce, normalmente, a la visita a un lugar determinado, para cerciorarse in situ de que la existencia de ciertas personas o ciertas cosas es verídica.

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Derecho procesal
  • Medio probatorio que se perfecciona a través de un examen por observación directa que el juzgador hace a personas, lugares, bienes o cosas relacionadas con hechos controvertidos; que no requieran para comprenderse, ni discernirse, de conocimientos técnicos ni especiales en alguna ciencia, materia, arte u oficio.

Derecho penal
  • Se trata de aprehensiones de datos relativos al hecho investigado efectuadas en forma directa por el juez o el fiscal a cargo de la investigación, mediante su percepción personal. Pueden referir a personas, lugares, objetos y demás rastros o huellas que el suceso pudiese dejar.

Derecho civil
  • Última Actualización
    16/11/2022
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