Cuidado personal

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Derecho familiar
  • Cuidado personal: derecho y deber que tienen el padre y la madre de intervenir y participar en la crianza, educación y cuidado de su hijo o hija menor de edad, teniendo como consideración primordial el interés superior del niño. Lo pueden ejercer ambos o solo uno de ellos. En caso de inhabilidad del padre y de la madre, ...

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    Cuidado personal: derecho y deber que tienen el padre y la madre de intervenir y participar en la crianza, educación y cuidado de su hijo o hija menor de edad, teniendo como consideración primordial el interés superior del niño. Lo pueden ejercer ambos o solo uno de ellos. En caso de inhabilidad del padre y de la madre, lo puede ejercer un tercero (otro familiar).

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  • Última Actualización
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