Contrato de obra pública

Mostrar
Derecho administrativo
  • Es un acuerdo de voluntades por medio del cual la administración pública federal, local o municipal, por conducto de sus dependencias ordena a un particular la construcción o reparación de una obra pública. Siempre deberá constar por escrito.

Derecho administrativo
  • El negocio jurídico bilateral, sujeto a un régimen jurídico especial, celebrado por la administración pública con un contratista a efecto de que éste, mediante el pago de un precio, realice ciertos trabajos de utilidad pública encaminados a modificar o afectar al estado, la forma o la situación física que guarda un inmueble al momento de...

    Leer más

    El negocio jurídico bilateral, sujeto a un régimen jurídico especial, celebrado por la administración pública con un contratista a efecto de que éste, mediante el pago de un precio, realice ciertos trabajos de utilidad pública encaminados a modificar o afectar al estado, la forma o la situación física que guarda un inmueble al momento de celebrar dicho negocio contractual.

    Leer menos

  • Última Actualización
  • Consultas
    11616
  • Me gusta
    7
Libro Destacado
    Autor/a Destacado/a