Acto jurídico
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...todo acontecimiento voluntario al que el ordenamiento legal ya le ha señalado las consecuencias a actualizarse por su verificación.
- Autor de la definición
- TítuloDerecho CivilSubtítuloParte general, personas, cosas, negocio jurídico e invalidezAutor de la PublicaciónJorge Alfredo Domínguez Martínez (Autor/a)EditorialPorrúaNúmero de edición11Lugar de publicaciónMéxicoAño de publicación2008ISBN970-07-6177-0Página de la definición505
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EI acto jurídico es una manifestación de voluntad que se hace con la intención de producir consecuencias de derecho, las cuales son reconocidas por el ordenamiento jurídico.
- Autor de la definición
- TítuloCompendio de derecho civil ISubtítulointroducción, personas y familiaAutor de la PublicaciónRafael Rojina Villegas (Autor/a)EditorialPorrúaNúmero de edición1Número de reimpresión1Lugar de publicaciónMéxicoAño de publicación1979ISBN968-432-159-7Página de la definición115
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... acto jurídico, consiste en un acaecer humano, o provocado por el hombre, dominado por la voluntad y susceptible de crear, modificar o extinguir efedos jurídicos.
- Autor de la definición
- TítuloFundamentos del derecho procesal civilAutor de la PublicaciónEduardo J. Couture (Autor/a)EditorialROQUE Depalma EDITORNúmero de edición3Lugar de publicaciónBuenos AiresAño de publicación1958ISBN0Página de la definición201
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Artículo 36. Para los efectos de este Código, se entiende por acto jurídico toda declaración o manifestación de voluntad hecha con el objeto de producir determinadas consecuencias, las cuales son reguladas por el derecho.Artículo 37. Dichas consecuencias pueden ser reguladas por el derecho para la creación, transmisión, modificación o...
Artículo 36. Para los efectos de este Código, se entiende por acto jurídico toda declaración o manifestación de voluntad hecha con el objeto de producir determinadas consecuencias, las cuales son reguladas por el derecho.
Artículo 37. Dichas consecuencias pueden ser reguladas por el derecho para la creación, transmisión, modificación o extinción de derechos y obligaciones o de situaciones jurídicas concretas.
Articulo 38. Son elementos de existencia del acto jurídico, por tanto, los siguientes:
- Que la declaración o manifestación de voluntad sea hecha con el objeto de producir determinadas consecuencias;
- Que dichas consecuencias estén previstas y reguladas por el derecho; y
- Que el o los objetos de la declaración o manifestación de voluntad o de las consecuencias que con ella se pretendan, así como su motivo, fin o condición, sean posibles física y jurídicamente.
Artículo 39. Para que el acto jurídico sea válido, supuesta su existencia, se requieren:
- PaísMéxico
- Legislación
- TipoLocal
- Fecha de Publicación0000-00-00
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Última Actualización28/06/2023
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